El acceso a la justicia es un derecho consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en diversos tratados internacionales de los que México es Estado parte. El debido proceso es aplicable a los procedimientos e investigaciones administrativas, incluyendo aquellas en que se determinen los derechos y obligaciones relacionados con el estatus migratorio de personas trabajadoras, tales como a quienes se les determine su expulsión o deportación.[1]
Respecto a las personas migrantes en México, el debido proceso es uno de los derechos que el Estado mexicano no ha garantizado cabalmente. Así, desde las acciones de revisión migratoria hasta la detención y deportación, se violan sus derechos y no se les otorga un proceso que cumpla con los estándares de debido proceso.
Las personas migrantes enfrentan los procedimientos administrativos frente a la autoridad, en este caso ante el Instituto Nacional de Migración (INM), sin asesoría o representación legal; nadie verifica el cumplimiento del debido proceso en cada caso y, por el contrario, se penaliza la interposición de un recurso de revisión respecto al estatus migratorio de la persona o amparo.
La Ley de Migración debe garantizar el acceso a la justicia independientemente del estatus migratorio de la persona y el hecho de que el servicio que prestan los órganos de procuración e impartición de justicia no deben estar condicionados ni limitados a la opinión del INM o a su presencia durante el mismo. La consecuencia de acceder a la justicia no debe ser la notificación a migración para que proceda su detención y en su caso deportación.