Fotografía: Sergio Moreno Hernández
12 de octubre de 2026, Ciudad de México
Ante el proceso de presunta consulta para la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, impulsado por el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) del Gobierno de México, las organizaciones que integramos la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas, Todos y Todes (Red TDT) afirmamos que una legislación de esta naturaleza sólo puede construirse con pleno respeto a la libre determinación, la autonomía y los derechos colectivos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, condición que no se ha cumplido debido a los actos de simulación de la consulta.
La asistencia de Pueblos y Comunidades en las asambleas convocadas no puede interpretarse como aceptación, validación o convalidación del proceso de consulta en sus términos actuales. Máxime cuando diversas comunidades han señalado deficiencias e irregularidades en los tiempos, formas, información disponible, pertinencia cultural y las condiciones para una deliberación propia. Debido a esas y otras inconsistencias en el proceso varias comunidades han decidido no participar, otras han expresado claramente que no van a permitir la realización de asambleas regionales en protesta contra estas acciones y omisiones que violentan sus derechos. En ese sentido, el procedimiento realizado no está cumpliendo con los estándares nacionales e internacionales de una consulta previa, libre, informada, de buena fe, culturalmente adecuada y realizada mediante las instituciones representativas y mecanismos propios de los pueblos.
El INPI debe respetar el carácter de Sujetos de Derecho Público de los Pueblos Indígenas y no pretender suplantarlos con figuras como el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas y el Comité de expertos; además no debe prestarse a lógicas políticas partidistas, ajenas y violatorias de los derechos de los Pueblos tal como lo han denunciado las personas asistentes en las reuniones a las que se les ha convocado.
Las propuestas, observaciones, desacuerdos y decisiones expresadas en las asambleas y otros espacios convocados deben ser plenamente reconocidas y tomadas en consideración antes que ser descalificadas y criminalizadas como ha sucedido en algunos foros. El Estado tiene el deber de sistematizarlas, hacerlas públicas y garantizar mecanismos de trazabilidad. Las aportaciones deben constituir un punto de partida para consolidar una verdadera iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, mediante una ruta de diálogo y de participación de buena fe, acordada con los propios pueblos y comunidades, que respete sus tiempos, lenguas, instituciones y formas de toma de decisiones, antes de ser enviada al Congreso.
Es importante no olvidar que el contenido de la futura ley debe garantizar el principio de no retroceso y desarrollar, bajo el estándar de protección más amplio, los derechos ya reconocidos. En particular, debe fortalecer la libre determinación y la autonomía; los derechos sobre tierras, territorios, agua y bienes naturales; la consulta y el consentimiento; los sistemas normativos y autoridades propias; así como la protección del patrimonio cultural. No pueden prevalecer los intereses del Estado y de las corporaciones privadas sobre los derechos de los pueblos originarios que han sido desde tiempos ancestrales los guardianes de la tierra y el territorio. La Ley General debe armonizar y desarrollar los derechos reconocidos en la Constitución, las leyes nacionales, los tratados internacionales de los que México es parte y la jurisprudencia interamericana, aplicando en todo momento el estándar de protección más amplio. Estos derechos deben acompañarse de garantías presupuestales, institucionales y administrativas que hagan posible su ejercicio efectivo.
La oportunidad histórica de contar con una Ley General, después de 30 años de haberse aprobado los Acuerdos de San Andrés, no debe cerrarse con un procedimiento insuficiente; es importante que se retome el proceso desde la base. Requiere una nueva relación entre el Estado y los Pueblos, horizontal y permanente, que reconozca a los Pueblos y Comunidades como sujetos de derecho público y asegure su participación sustantiva durante todo el proceso, desde la construcción de la iniciativa, y el proceso de consulta hasta la etapa legislativa en sí.
Las organizaciones que integramos la Red Nacional de Derechos Humanos, acompañantes de comunidades y pueblos indígenas, campesinos y afromexicanos en México, nos sumamos a la exigencia de respeto al debido proceso de consulta para la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos en coherencia con el marco internacional y nacional de derechos humanos.
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas, Todos y Todes” (Red TDT)
(Integrada por 88 organizaciones en 23 estados de la República mexicana):
Academia Hidalguense de Educación y Derechos Humanos A.C. (ACADERH) (Hidalgo); Agenda LGBT (Estado de México); Agua y Vida, mujeres, derechos y ambiente (Chiapas); Alianza Sierra Madre, A.C. (Chihuahua); Aluna Acompañamiento Psicosocial, A.C.(Ciudad de México); Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (AsiLegal) ¹11(Ciudad de México); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (AJAGI) (Guadalajara, Jal.); Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos “Miguel Hidalgo” (Jacala Hgo.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino” (Chihuahua, Chih.) Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Ciudad de México); Centro de Capacitación y Defensa de los Derechos Humanos e Indígenas, Asociación Civil (CECADDHI) (Chihuahua); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (CAT) (Ciudad de México); Centro de Derechos de la Mujeres de Chiapas (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro De Derechos Humanos Don Sergio Morelos; Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”, A.C. (Tapachula, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Juan Gerardi”, A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua); Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño”, A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa, A.C (Tonalá, Chis.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chih.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL) (Estado de México); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A. C. (Propuesta Cívica) (Ciudad de México); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de los Derechos del Migrante (Ciudad de México); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Kalli Luz Marina (Orizaba, Ver.); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) (Ciudad de México); Centro Mujeres (La Paz, BCS.); Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (BARCA) (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) (Ciudad de México); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (CEPAZDH) (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste (Mexicali, Baja California); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacán, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (COSYDDHAC) (Chihuahua, Chih.); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité Cerezo (Ciudad de México); Comité Cristiano de Solidaridad Monseñor Romero (Ciudad de México); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (CODIGODH) (Oaxaca, Oax.); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A. C. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Ciudad de México); Comité de Derechos Humanos de Colima No Gubermantal A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (CODEHUCO) (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (CODEHUTAB) (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos”(Ciudad de México); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo, Hgo.); Consultoría Técnica Comunitaria AC (CONTEC) (Chihuahua); El Caracol, A.C (Ciudad de México); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Espacios para la Defensa y el Florecimiento Comunitario (ESPADAC), (Oaxaca); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos (Culiacán, Sin.); Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (Ciudad de México); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla (Puebla, Pue.); Frontera con Justicia A.C. Casa del Migrante Saltillo (Saltillo, Coah.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Ciudad de México); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC) (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente. Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia Francisco Suárez, SJ (Guadalajara, Jal.); La 72, Hogar-Refugio para Personas Migrantes (La 72) (Tenosique, Tabasco); Mujeres Indígenas por la Conservación, Investigación y Aprovechamiento de los Recursos Naturales, A. C. (CIARENA) (Oaxaca); Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF); Programa Universitario de Derechos Humanos Ibero León (Guanajuato) Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PRODESCAC) (Estado de México); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) (Ciudad de México); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Ciudad de México); Red Solidaria de Derechos Humanos, A.C. (Morelia, Michoacán); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí); Servicios de Inclusión Integral y Derechos Humanos A.C. (SEIINAC) (Pachuca, Hgo.); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax.); Voces Mesoamericanas, Acción con Pueblos Migrantes AC (San Cristóbal de las Casas, Chiapas).